SE MANTIENEN LAS OPERACIONES

La Corte Suprema respaldó la seguridad jurídica de Vaca Muerta

Rechazó un planteo ambiental por falta de evidencias de contaminación atribuible al sector hidrocarburífero.

En un fallo clave para la industria energética, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó una medida cautelar que buscaba frenar actividades en Vaca Muerta. La presentación fue impulsada por la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (ASSUPA), que alegaba la existencia de presuntos daños ambientales en la zona.

La resolución fue firmada por el presidente del tribunal, Horacio Rosatti, y los conjueces Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas, Silvina Andalaf Casiello y Rocío Alcalá. El texto indica que no se acreditaron de forma clara hechos contaminantes atribuibles a empresas como YPF, Pampa Energía, Pan American Energy y Chevron.

Según el fallo, la denuncia no presentó fundamentos que vinculen de manera directa los supuestos daños con las actividades hidrocarburíferas en la región. La Corte sostuvo que la presentación se limitó a descripciones generales sin identificar zonas específicas ni daños comprobables en la Cuenca Neuquina.

La demanda de ASSUPA solicitaba, entre otras medidas, la creación de un plan de medición ambiental supervisado por la Universidad de Buenos Aires, así como el control de procesos de remediación ambiental. Sin embargo, el máximo tribunal consideró que no se cumplían los requisitos legales de verosimilitud ni el peligro en la demora.

El fallo subraya que, para habilitar una medida precautoria de carácter ambiental, es necesario delimitar las áreas afectadas y demostrar la existencia de un daño ambiental inminente. La falta de especificidad en la denuncia llevó al rechazo de la medida.

La causa involucra también a organismos públicos como la Secretaría de Energía, la Secretaría de Ambiente y a varias provincias que integran la Cuenca Neuquina. El fallo sienta un precedente jurídico relevante en torno a medidas cautelares en contextos de explotación de recursos naturales.

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