SALARIOS
Llegan los feriados de Carnaval: si se trabaja, cuánto se debe cobrar
La diferencia sustancial entre “feriado nacional” y “día no laborable” suele manifestarse concretamente al momento de percibir los haberes si se trabaja en esas jornadas. En el primero de los casos, quien desarrolla actividades debe percibir el doble de lo que usualmente recibe por jornada. En la segunda situación, asistir a trabajar es optativo para el empleador y se paga como una jornada común.
Estas percepciones diferentes fijan su atención en cómo define el gobierno nacional a cada una de las fechas previstas en el calendario como feriados. Para el mes de febrero, lo que se anticipa es la doble jornada de feriados por las fiestas de Carnaval.
En efecto, los próximos lunes 16 y martes 17 fueron declarados por el gobierno nacional como “feriado nacional”, por lo que son inamovibles y se inscriben en jornadas donde –en caso de ser trabajadas- deben percibirse con el recargo del 100 por ciento de un día normal.
La designación de feriado nacional alcanza a las administraciones públicas, las entidades bancarias y comerciales, como así también a la industria. En todos los casos se mantienen los servicios considerados esenciales y las guardias mínimas.