AMBIENTE
La reforma de la Ley de Glaciares abre un frente ambiental y jurídico de alto impacto
El Congreso de la Nación debate una reforma a la Ley 26.639 de Protección de Glaciares, normativa que desde 2010 establece presupuestos mínimos ambientales para preservar glaciares y zonas periglaciares en todo el territorio argentino, en un contexto de creciente presión por proyectos mineros de gran escala.
En diálogo en Cumbre a la Carta por AM Cumbre 1400, el director ejecutivo de FARN, Andrés Nápoli, explicó que el proyecto impulsado por el Ejecutivo nacional permitiría modificar el esquema actual de protección transfiriendo a las provincias la facultad de definir qué áreas poseen relevancia hídrica crítica.
En diálogo con los periodistas, el especialista señaló que la norma vigente impide la minería en zonas inventariadas por el IANIGLA, organismo científico encargado del relevamiento nacional de glaciares. Con la reforma, esa definición dejaría de estar en manos del instituto técnico y pasaría a depender de criterios provinciales, lo que podría generar disparidades en la aplicación de estándares ambientales.
Argentina cuenta con más de 17.000 glaciares identificados oficialmente. Según datos científicos, en la última década se perdió el 17% de la superficie glaciar en la región de los Andes áridos, principalmente por efecto del cambio climático. Estas masas de hielo no solo cumplen una función paisajística o turística, sino que constituyen reservas naturales de agua dulce fundamentales para consumo humano, riego agrícola y generación hidroeléctrica.
Uno de los puntos más controvertidos es la habilitación potencial de minería a cielo abierto en áreas actualmente protegidas. Este tipo de explotación implica voladuras masivas de montaña para acceder a vetas minerales, particularmente cobre en provincias como San Juan y Catamarca, lo que podría impactar directamente sobre zonas periglaciares.
Desde el plano jurídico, el debate también es profundo. La Constitución Nacional reconoce el dominio originario de los recursos naturales a las provincias, pero establece que el Congreso puede dictar leyes de presupuestos mínimos ambientales que actúen como piso uniforme de protección. La discusión radica en si esta reforma altera ese equilibrio constitucional.
Además, el tratamiento legislativo acelerado generó cuestionamientos. Una carta firmada por 80 profesores de Derecho Constitucional y Ambiental advierte que la modificación podría constituir una reforma constitucional encubierta y anticipa posibles impugnaciones judiciales si la norma avanza.
De aprobarse la reforma, el debate probablemente no termine en el recinto parlamentario. El escenario anticipa una etapa de judicialización y tensión entre desarrollo productivo, inversión minera y preservación de reservas estratégicas de agua en un país que enfrenta escenarios climáticos cada vez más extremos.
La entrevista
– Andrés Nápoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), ¿qué se está discutiendo hoy en el Congreso?
– Lo que se va a tratar es la reforma de la Ley 26.639, la Ley de Glaciares. Es una ley que se sancionó hace 15 años después de un debate profundo, incluso tuvo que aprobarse dos veces porque la primera fue vetada. Esa norma estableció presupuestos mínimos de protección ambiental para glaciares y zonas periglaciares en todo el país.
– ¿Por qué es estratégica esa ley?
– Porque Argentina es un país glacial. Tenemos más de 17.000 glaciares identificados gracias al inventario que realizó el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA). No se trata solo de paisajes turísticos. Los glaciares son reservas estratégicas de agua. Funcionan como diques naturales que regulan el flujo hídrico, liberan agua en épocas de sequía y sostienen ecosistemas completos. En los últimos diez años, solo en la zona de los Andes áridos, se perdió el 17% de la superficie glaciar.
– ¿Qué propone concretamente la reforma?
– Hoy la ley prohíbe actividades como la minería en zonas glaciares y periglaciares relevadas por el inventario científico. Lo que propone el proyecto es transferir esa definición a las provincias. Serían las provincias las que determinen qué zonas tienen “relevancia hídrica crítica” y cuáles no. Incluso, si el instituto científico no modifica el inventario según lo que diga la provincia, podrían autorizarse proyectos igual.
– ¿Qué consecuencias podría tener?
– Se perdería una protección uniforme en todo el país. Las provincias podrían competir entre sí para atraer inversiones bajando estándares ambientales. Y en el caso de la megaminería, no hablamos de minería subterránea tradicional. Se trata de voladuras a cielo abierto donde se dinamita la montaña completa. Eso afecta glaciares y zonas periglaciares directamente.
– ¿Las provincias cuentan con respaldo técnico suficiente?
– Argentina tiene un instituto científico especializado y reconocido internacionalmente en materia de glaciología. Las provincias no cuentan con esa estructura técnica. Y si la tuvieran, los criterios podrían variar entre jurisdicciones. Además, muchas veces los estudios técnicos son financiados por las propias empresas interesadas en explotar el recurso.
– ¿Cómo fue el tratamiento legislativo hasta ahora?
– Hubo una sesión informativa el 18 de diciembre que duró cinco horas. Ese mismo día se firmó el dictamen. Es un trámite extremadamente rápido para una reforma de esta magnitud. Incluso hay una carta firmada por 80 profesores de Derecho Constitucional y Ambiental que advierten que podría tratarse de una reforma constitucional encubierta.