2026-05-20

JUSTICIA

Condena firme para Atencio Krausse: el anestesista que tenía el monitor apagado cuando murió el pequeño Valentín

La resolución también confirmó 7 años y 6 meses de inhabilitación para ejercer la medicina.

La Justicia de Río Negro cerró un capítulo doloroso para la familia de Valentín Nahitan Mercado Toledo. El Tribunal de Impugnación ratificó la condena dictada por el Foro de Jueces contra el anestesista Mauricio Javier Atencio Krausse: tres años de prisión de ejecución condicional, 7 años y 6 meses de inhabilitación especial para ejercer la medicina y el pago de las costas del proceso judicial.

La resolución respaldó los argumentos sostenidos por el fiscal Gastón Britos Rubiolo y los abogados querellantes Agustín Aguilar y Miguel Zeballos, quienes representaron a Ariana Toledo, madre del niño.

Lo que ocurrió en el quirófano

Valentín tenía 4 años cuando ingresó a una clínica de General Roca para una cirugía de hernia diafragmática. Durante la operación, el tubo endotraqueal que suministraba oxígeno al niño se obstruyó con mucosidad y sangre, interrumpiendo la respiración por un período prolongado. Esa situación provocó un daño cerebral irreversible por falta de oxígeno. Valentín sufrió un paro cardiorrespiratorio en el quirófano y falleció una semana después.

El juez Stadler determinó que Atencio Krausse actuó con negligencia y falta de profesionalismo: no realizó un control constante de la respiración ni de los signos vitales del paciente. Además, el monitor que debía alertar sobre la falta de oxígeno estaba desenchufado, lo que permitió que la obstrucción se prolongara sin activar ninguna alarma. También se acreditó el uso del celular en el quirófano durante la intervención.

La defensa cuestionó la condena y el acusado rechazó su culpabilidad

Durante la última audiencia, el propio Atencio Krausse tomó la palabra: "Yo no acepto ser el culpable penal de este resultado. Pido que me escuchen como persona y como médico", afirmó, insistiendo en que hizo todo lo posible durante la intervención.

Su defensor, el abogado Juan Ignacio Scianca, argumentó que la condena se apoyó en elementos distintos a los que originalmente sustentaron la acusación y que eso vulneró el principio de congruencia y el derecho a defensa del imputado. "No se puede condenar por una culpa genérica, sino por la cadena concreta por la que fue traído a juicio", sostuvo, cuestionando además que no se pudo establecer con precisión cuánto tiempo estuvo apagado el monitor.

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