FALLO JUDICIAL
Demandó a un antiguo amigo para recuperar una camioneta, pero se la deberá transferir
Una mujer que intentó recuperar judicialmente una Ford EcoSport que figura a su nombre terminó con una sentencia en su contra: el juez civil Martín Enrique Peliquero, del fuero civil de Neuquén, rechazó su demanda y la obligó a completar la transferencia del vehículo a favor del hombre al que se lo había vendido. El fallo quedó a conocimiento público este lunes 8 de junio.
La demandante había iniciado una acción de reivindicación —un mecanismo legal que permite reclamar la devolución de un bien del que se es propietario pero que está en poder de otro— contra un antiguo amigo. En su presentación sostuvo que le había prestado el vehículo por la relación de confianza que los unía, luego acordó vendérselo, realizó la denuncia de venta, pero que el hombre nunca pagó el precio pactado ni efectuó la transferencia registral, aunque tampoco devolvió la camioneta y siguió usándola.
El problema no era solo la posesión del rodado. Al continuar como titular registral, la mujer acumuló deudas de patente que derivaron en un juicio iniciado por la Municipalidad de Neuquén. Además, expresó su preocupación por la posibilidad de que el vehículo se viera involucrado en un accidente de tránsito mientras figurara a su nombre.
El demandado contrademandó y ganó
El hombre no solo rechazó el pedido de devolución. Reconoció haber recibido el vehículo y la existencia de un acuerdo de compraventa, pero sostuvo que sí abonó el precio pactado y que la transferencia no se concretó porque la vendedora no le entregó la documentación necesaria. Con ese argumento, presentó una reconvención —una contrademanda dentro del mismo proceso— para que se ordenara judicialmente a la mujer completar los trámites registrales.
El juez Peliquero le dio la razón. En su sentencia, el magistrado subrayó que el eje del conflicto no era la titularidad registral del automotor sino el origen de la posesión. Y en ese punto, el propio relato de la demandante resultó determinante en su contra: ella misma reconoció haber entregado voluntariamente el vehículo, haber gestionado una cédula azul y haber realizado una denuncia de venta a nombre del demandado.
"A partir de lo expuesto y del marco fáctico reconocido por ambas partes, se advierte que la controversia no se encuentra centrada en una desposesión ilegítima del bien", indicó la sentencia. La acción reivindicatoria, explicó el juez, procede cuando alguien fue privado ilegítimamente de la posesión de un bien. Ese no era el caso: "La posesión del demandado no tuvo origen ilícito, sino que deriva de una entrega voluntaria con causa, vinculada a un trato negocial entre las partes", concluyó Peliquero.
La resolución deja en evidencia un problema frecuente en las operaciones informales de compraventa de vehículos en Argentina: la brecha entre la titularidad registral y la posesión real del rodado puede generar consecuencias patrimoniales y legales para quien figura en el registro, independientemente de si efectivamente usa o no el bien. La mujer deberá ahora cumplir con la transferencia que intentó evitar judicialmente.