NUEVO RÉGIMEN

Se conocieron los detalles de la oferta de Retiro Voluntario para empleados nacionales

El decreto firmado por el presidente Javier Milei establece tres grupos de beneficiarios y define quiénes no puede adherir al nuevo sistema.

El Gobierno aprobó un nuevo Régimen de Retiro Voluntario para empleados públicos, el cual establece tres grupos de beneficiarios y diferentes modalidades de compensación económica.

La medida quedó oficializada a través del Decreto 1203/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

Quiénes pueden adherirse al nuevo Régimen de Retiro Voluntario

Según informó la Agencia Noticias Argentinas, el régimen establece tres grupos de beneficiarios, con diferentes modalidades de compensación económica:

  • El primer grupo comprende a mujeres de 58 años en adelante y a hombres desde los 63 que no cuenten con aportes suficientes para acceder a la jubilación ordinaria. En este caso, podrán elegir entre dos alternativas: Cobrar mensualmente el 60% de su remuneración bruta habitual durante un máximo de 36 meses o hasta reunir los requisitos jubilatorios, lo que ocurra primero; o percibir una gratificación única equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un límite de 18 remuneraciones y sin superar el equivalente a los meses restantes para reunir los requisitos jubilatorios.
  • El segundo grupo incluye a mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 años, con al menos 30 años de aportes jubilatorios y, en estos casos, la compensación será equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción mayor a tres meses, con un máximo de 18 remuneraciones. Además, se abonará una suma adicional equivalente a cinco sueldos brutos, independientemente de la antigüedad.
    • El tercer grupo lo integran mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años y la gratificación será de un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un máximo de 20 remuneraciones. Además, recibirán cuatro sueldos adicionales quienes acrediten menos de 15 años de antigüedad en planta permanente, mientras que aquellos con 15 años o más percibirán cinco remuneraciones adicionales.

Quiénes no pueden adherirse al nuevo Régimen de Retiro Voluntario

  • Personal que se encuentre procesado por delitos contra la Administración Pública Nacional.
  • Personal sometido a sumario administrativo en trámite en el que se investiguen hechos pasibles de las sanciones de cesantía o exoneración previstas en los artículos 32 y 33 del Anexo de la Ley N° 25.164, o hechos atribuidos a su conducta que pudieran haber ocasionado un perjuicio fiscal, de conformidad con lo que informen el titular de la unidad de sumarios del organismo en que tramite el sumario y el servicio jurídico permanente.
  • Empleados que tengan pendiente de ejecución el procedimiento para determinar alguna medida disciplinaria que pueda constituir una causal de cesantía o exoneración.
  • Personal que haya iniciado un reclamo administrativo o acciones judiciales contra la Administración Pública Nacional centralizada o descentralizada o demás organismos en los que el Estado Nacional sea parte, con motivo de su relación laboral, salvo que desista voluntariamente del proceso.
  • Trabajadores que hayan iniciado los trámites para el otorgamiento de la jubilación ordinaria, retiro por invalidez, o prestación por edad avanzada u otra prestación equivalente nacional, provincial o a cargo de Cajas Profesionales.
  • Empleados que cumplan con los requisitos para el acceso al beneficio previsional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley N° 24.241. 
  • Personal que haya presentado su renuncia al cargo y esta esté pendiente de aceptación.
  • Personal que haya sido puesto en situación de disponibilidad durante la vigencia del presente.

Fechas de inscripción

Personal de las jurisdicciones y organismos que integran la Administración Pública Nacional Centralizada en el ámbito del Poder Ejecutivo podrán inscribirse del 1 al 30 de noviembre de 2026, con una posibilidad de prórroga única de hasta 30 días.

Te puede interesar