viernes 9 de octubre de 2026

NEUQUÉN

Expulsaron de la provincia a un hombre por violencia de género

La Justicia de Familia dispuso la expulsión de un hombre de 35 años tras reiteradas amenazas y desobediencia a medidas cautelares.
Justicia de Neuquén.
Justicia de Neuquén.

En un fallo considerado inédito, la Justicia de Familia de Neuquén ordenó la expulsión de un hombre de 35 años del territorio provincial tras comprobar reiteradas conductas de violencia contra su ex pareja y el incumplimiento sistemático de medidas judiciales de protección.

La resolución dispone que el agresor no podrá permanecer en los 94.078 kilómetros cuadrados de la provincia, ni regresar sin autorización judicial expresa. Además, deberá fijar nuevo domicilio fuera del territorio neuquino y someterse a un tratamiento psicológico especializado en violencia familiar.

El conflicto se inició en agosto de 2025, cuando la mujer denunció los hechos y se dictaron medidas cautelares en el marco de la Ley 2785. Entre las disposiciones, se le prohibió ejercer actos de violencia, intimidar o acercarse a la víctima. Sin embargo, el hombre desobedeció en múltiples oportunidades.

Incumplimientos reiterados y escalada de medidas

El fallo fue dictado por el juez Jorge Sepúlveda, titular del Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia de la I° Circunscripción Judicial de Neuquén. En su resolución, el magistrado señaló que el imputado evidenció un “total menosprecio por la intervención judicial”, dado que continuó con amenazas y hostigamientos.

Como parte del esquema de protección, a la mujer se le entregó un botón antipánico. Posteriormente, se amplió la restricción de acercamiento a 900 metros, se colocó una tobillera electrónica al agresor y se otorgó un dispositivo dual a la denunciante para monitorear posibles aproximaciones.

Las medidas no lograron frenar la conducta. El juez dispuso arrestos breves de 24 y 48 horas en distintos momentos del proceso. Incluso, según consta en el fallo, el hombre se quitó la tobillera electrónica en tres oportunidades.

Protección efectiva y marco legal

La decisión se fundamentó en el alto riesgo evaluado por equipos técnicos intervinientes, quienes señalaron que la mujer vivía con miedo constante. En noviembre, incluso, debió ser internada tras descompensarse luego de un nuevo episodio de violencia.

El magistrado sostuvo que era “necesario y urgente readecuar las medidas vigentes” para garantizar una protección efectiva, tanto física como psíquica y simbólica.

En su argumentación, el fallo repasa el marco normativo nacional e internacional que obliga al Estado a prevenir y sancionar la violencia contra la mujer, y a adoptar medidas jurídicas que conminen al agresor a abstenerse de hostigar o poner en peligro a la víctima.

Sepúlveda reconoció que la expulsión implica una restricción al derecho constitucional de libre circulación, pero aclaró que se trata de una medida temporal orientada a modificar conductas y resguardar la integridad de la denunciante.

Antecedente judicial del magistrado

El juez ya había adoptado medidas innovadoras en otros expedientes. En un caso previo, ordenó que la Cooperativa CALF actuara como agente de retención para asegurar el pago de una cuota alimentaria adeudada, descontando el monto directamente de la factura de luz del deudor y depositándolo en una cuenta judicial.