domingo 6 de septiembre de 2026

INDUSTRIA

Nuevo régimen de exportación de hidrocarburos: cómo impacta en la producción de Neuquén

Nación unificó el régimen de exportación de petróleo y creó un registro único.
23/07/2026
Los cambios impactarán en Vaca Muerta.
Los cambios impactarán en Vaca Muerta.

La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía de la Nación aprobó, a través de la Resolución 166/2026, un nuevo Procedimiento de Exportación de Hidrocarburos Líquidos y sus Derivados, y creó el Registro de Operaciones de Exportación, con el objetivo de consolidar en un único marco normativo las reglas para vender combustibles al exterior. Se trata de una medida que impacta directamente en la producción de Vaca Muerta, principal fuente de hidrocarburos del país.

La resolución se enmarca dentro de los principios de mercado establecidos por la Ley Bases (N° 27.742) y el Decreto 70/2023, que reconocen a los productores y comercializadores el derecho a exportar los hidrocarburos que extraen, sujeto únicamente a la no objeción de la Secretaría de Energía por razones fundadas vinculadas al abastecimiento interno del mercado local.

Cómo funcionará el nuevo sistema de notificaciones

De acuerdo con la nueva normativa, las empresas deberán notificar sus exportaciones, y la Subsecretaría de Hidrocarburos solo podrá objetarlas por razones técnicas o económicas relacionadas, entre otros aspectos, con la seguridad del abastecimiento interno. El plazo máximo para que el Estado formule observaciones será de 30 días hábiles administrativos en el caso del petróleo, las gasolinas y el gasoil, mientras que para el propano, el butano y el GLP ese plazo se reduce a siete días hábiles.

En paralelo, se creó el Registro de Operaciones de Exportación, que reunirá en un mismo sistema las notificaciones presentadas por las compañías, las objeciones que pueda formular el Estado y las constancias de libre exportación emitidas en cada caso. El nuevo régimen alcanza a los aceites crudos de petróleo y de mineral bituminoso, las gasolinas, el gasoil, el propano crudo y procesado, el butano y las mezclas de GLP, aunque la Secretaría de Energía podrá incorporar, modificar o excluir productos de ese listado según las condiciones de abastecimiento del mercado argentino.

Requisitos adicionales para exportaciones de largo plazo

Las operaciones que se extiendan por más de 12 meses serán consideradas exportaciones de largo plazo y quedarán sujetas a requisitos adicionales. En el caso del petróleo, las gasolinas y el gasoil, los interesados deberán presentar los contratos comerciales asociados y acreditar la disponibilidad proyectada de producción propia, las reservas de las áreas de origen o los acuerdos firmes alcanzados con productores.

Para las ventas externas de propano, butano y GLP por períodos superiores a un año, también se exigirán los contratos vinculados a la operación. Cuando el exportador no sea productor directo, deberá adjuntar los acuerdos que le garanticen el acceso a las cantidades comprometidas, además de brindar información sobre las paradas de planta programadas durante la vigencia de los envíos.

Capacidad de transporte e infraestructura

Otro de los puntos centrales de la resolución establece que las compañías deberán declarar que cuentan con capacidad de transporte suficiente para movilizar los volúmenes involucrados en cada operación de exportación. En los casos en que la exportación dependa de nuevas obras de infraestructura, las empresas deberán acreditar la consistencia técnica del proyecto, su localización y el esquema de financiamiento previsto.

Ese requisito, sin embargo, no se aplicará cuando la misma documentación ya haya sido presentada en el marco de una solicitud de adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), en cuyo caso bastará con acreditar el inicio del trámite correspondiente. La resolución entró en vigencia este miércoles, tras su publicación en el Boletín Oficial, mientras que las exportaciones solicitadas o autorizadas con anterioridad a esa fecha continuarán rigiéndose por las condiciones vigentes al momento de su presentación u otorgamiento.