sábado 5 de septiembre de 2026

RÉGIMEN PENAL JUVENIL

Desde este sábado rige la imputabilidad desde los 14 años: qué establece la reforma

A partir de hoy los adolescentes desde los 14 años podrán ser imputados por delitos en Argentina bajo un nuevo sistema penal con penas diferenciadas y medidas de resocialización.
05/09/2026
La edad de imputabilidad se redujo de 16 a 14 años.
La edad de imputabilidad se redujo de 16 a 14 años.

Ya comenzó a regir en Argentina el nuevo Régimen Penal Juvenil, que reemplaza la normativa vigente desde 1980 y reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. A partir de esta modificación, los adolescentes desde esa edad podrán ser sometidos a un proceso penal cuando cometan delitos contemplados en el Código Penal. Sin embargo, las causas continuarán tramitándose dentro de un sistema específico para menores de edad, con reglas y sanciones diferenciadas respecto de los adultos. La reforma tendrá alcance nacional y modifica de manera sustancial el tratamiento judicial de los adolescentes.

La nueva normativa establece que las sanciones deberán buscar no solo responsabilizar al adolescente por el delito cometido, sino también favorecer su educación, resocialización e integración social. Entre los principales cambios aparece la prohibición de imponer prisión o reclusión perpetua, mientras que las penas privativas de libertad tendrán un máximo de 15 años. Además, los adolescentes podrán acceder a la libertad condicional una vez cumplidos los dos tercios de la condena y siempre que reúnan los requisitos previstos. El régimen también incorpora mayores mecanismos de seguimiento y control durante el cumplimiento de las medidas judiciales.

Penas alternativas, monitoreo y condiciones de detención

La aplicación del nuevo sistema no implica que todos los adolescentes declarados responsables de un delito deban ser privados de su libertad. La ley contempla distintas sanciones alternativas, entre ellas restricciones de acercamiento, reparación del daño causado, reglas de conducta y participación obligatoria en actividades educativas o comunitarias. También se incorpora la amonestación como una advertencia formal que puede complementarse con otras medidas. A su vez, se habilita el uso del monitoreo electrónico para supervisar el cumplimiento de determinadas disposiciones judiciales.

En los casos en los que se disponga el encierro, los adolescentes deberán ser alojados en establecimientos especialmente acondicionados y con personal especializado. La normativa prohíbe expresamente que compartan espacios de detención con personas mayores de edad y prevé diferentes modalidades, como institutos abiertos, centros especializados o arresto domiciliario. También continuará vigente la prohibición de difundir datos, imágenes o cualquier información que permita identificar al adolescente sometido a proceso. El nuevo esquema, además, amplía la participación de las víctimas, quienes podrán recibir información sobre la evolución de la causa e intervenir en el trámite judicial.

Dudas sobre la implementación y los recursos disponibles

Uno de los principales desafíos será la capacidad del sistema judicial y de los organismos estatales para aplicar el régimen en todo el país. En algunos juzgados de menores anticipan un aumento significativo de expedientes y advierten sobre posibles dificultades vinculadas con la disponibilidad de personal, infraestructura, dispositivos electrónicos y supervisores especializados. También quedan aspectos por coordinar entre la normativa nacional y los distintos sistemas procesales provinciales. Para financiar la puesta en funcionamiento del régimen, el Congreso estableció una partida superior a los $23.739 millones, mientras algunas provincias ya trabajan en protocolos y adecuaciones para su aplicación.