AFA
Citan a indagatoria y prohiben la salida del país a "Chiqui" Tapia y Pablo Toviggino
El juez en lo penal económico Diego Amarante citó a declaración indagatoria al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio Fabián Tapia, y al tesorero Pablo Toviggino, en el marco de una causa que investiga la presunta apropiación indebida de aportes por $19.353.546.843,85 vinculada a retenciones impositivas y de seguridad social que, según la denuncia, fueron descontadas pero no depositadas entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.
La decisión fue adoptada tras un pedido de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, querellante en la causa, y alcanza también a otros integrantes de la comisión directiva. Además, el magistrado dispuso la prohibición de salida del país para todos los imputados, al advertir sobre “la gravedad de los hechos investigados” y la “severidad de la pena en expectativa”.
Según la resolución judicial, la AFA y Tapia deberán presentarse el 5 de marzo de 2026, mientras que Toviggino fue citado para el 6 de marzo. También fueron convocados Gustavo Lorenzo, Víctor Blanco Rodríguez y Cristian Malaspina en distintas fechas. El expediente tramita en el juzgado con sede en la avenida de los Inmigrantes 1950, en la ciudad de Buenos Aires.
La denuncia y la investigación
La causa se inició a partir de una denuncia presentada el 12 de diciembre de 2025 y ampliada días después. La investigación abarca 69 hechos independientes vinculados con la presunta falta de ingreso de retenciones de IVA, Impuesto a las Ganancias —incluido el régimen del artículo 79— y contribuciones a la seguridad social.
De acuerdo con la documentación judicial, los montos investigados incluyen $663.340.652,50 en retenciones de IVA, $1.998.652.056,40 en retenciones de Ganancias, $8.016.291.166,48 bajo el régimen del artículo 79 y $8.675.262.968,47 en contribuciones a la seguridad social. El mes con mayor importe fue julio de 2025, con $2.854.022.660,98.
La querella sostiene que los importes habrían sido efectivamente retenidos pero no ingresados dentro del plazo legal de 30 días corridos posteriores a su vencimiento, lo que configuraría una conducta prevista en los artículos 4° y 7° del Régimen Penal Tributario, que contemplan penas de dos a seis años de prisión para los agentes de retención que no depositen los montos retenidos cuando superan determinados mínimos.
ARCA argumentó que existen “motivos suficientes para sospechar la participación” de los directivos en los hechos investigados y sostuvo que la entidad registró acreditaciones bancarias significativas durante el período bajo análisis, lo que, a su criterio, descartaría una imposibilidad material de pago.
Cómo sigue
La declaración indagatoria constituye el primer acto formal de defensa en el proceso penal. En esa instancia, el juez comunica los hechos imputados y las pruebas reunidas, y el imputado puede declarar o abstenerse.
En paralelo, los abogados de la AFA apelaron ante la Cámara Nacional en lo Penal Económico el rechazo a un planteo de excepción de falta de acción, por lo que la cuestión será revisada por el tribunal de alzada.
Desde el juzgado se invitó a los demás imputados a designar abogados de su confianza dentro del tercer día de notificados, bajo apercibimiento de asignarles defensor público oficial.