sábado 5 de septiembre de 2026

CASA DE LAS LEYES

Condenaron a Pablo Ruiz por peculado y deberá devolver más de $57 millones al Estado

El hermano de Gloria Ruiz, excoordinador admitió haber armado un "minisistema financiero" con plata pública.
05/06/2026
Pablo y Gloria Ruiz.
Pablo y Gloria Ruiz.

Pablo Antonio Ruiz, excoordinador general de la Casa de las Leyes de Neuquén, fue condenado este viernes a tres años de prisión en suspenso e inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos. El fallo se dictó tras un acuerdo pleno en el que el imputado reconoció su responsabilidad en los delitos de peculado y administración fraudulenta contra el Estado provincial.

El exfuncionario admitió haber desviado $52.798.459,10 destinados a programas sociales —como "Jóvenes Líderes" y "Murales Urbanos"— hacia sus cuentas personales, donde constituyó plazos fijos para generar intereses propios. La fiscalía de Delitos Económicos calificó la maniobra como un "minisistema financiero" armado con dinero público.

Pablo Ruiz: decomiso de más de $57 millones y causa que apunta a la exvicegobernadora

También reconoció haber participado en una defraudación de $45.482.688,05 mediante contrataciones irregulares de publicidad con la empresa SAUER, eludiendo los controles previstos por la Ley 2141 para favorecer a un proveedor externo. Como parte de la condena, se ordenó el decomiso de $57.736.346,85 —capital más intereses— que ya estaban cautelados en una cuenta judicial a pedido del Ministerio Público Fiscal.

El reconocimiento de Ruiz impacta de lleno en la continuidad de la causa, que mantiene imputadas a otras tres personas: la exvicegobernadora Gloria Ruiz —hermana del condenado—, la exsecretaria de Cámara Isabel Ricchini y la exprosecretaria Eliana Sánchez. La fiscalía señaló que las pruebas independientes —pericias de celulares, auditorías contables y registros del BPN— consolidan la base para las próximas etapas del proceso.

Además de la pena y la inhabilitación, Ruiz deberá cumplir 288 horas de trabajo comunitario y control trimestral ante la Dirección de Población Judicializada. La sentencia quedó firme de inmediato: al cierre de la audiencia, ambas partes renunciaron a los plazos de impugnación.