martes 29 de septiembre de 2026

JUICIO

Tribunal de Impugnación revisará la condena a Di Luca y otros 11 por la estafa con planes sociales

La fiscalía buscará que se incorpore el delito de asociación ilícita, descartado en el juicio original, mientras las defensas intentarán reducir las penas.
26/06/2026
Imagen de archivo.
Imagen de archivo.

El Tribunal de Impugnación de Neuquén, integrado por los jueces Federico Sommer, Liliana Deiub y Mauricio Macagno, inició hoy la revisión de la condena dictada contra 12 personas por la estafa con planes sociales que involucró al Ministerio de Desarrollo Social durante la gestión del exgobernador Omar Gutiérrez.

El proceso demandará 11 jornadas de audiencias, incluidos los sábados, y se extenderá en principio hasta el miércoles 8 de julio. El fallo definitivo se conocerá después de la feria judicial de invierno.

Una estafa que superó los mil millones de pesos

Entre el 30 de septiembre de 2020 y el 31 de julio de 2022, un grupo de funcionarios y personal del Ministerio de Desarrollo Social participó del desvío sistemático de fondos destinados al subsidio por desocupación laboral. A valores históricos, la maniobra fue valuada en 153 millones de pesos; actualizados a 2024, esos fondos superan los mil millones de pesos.

El dinero sustraído se acumulaba en lo que la investigación identificó como una "caja azul" que habría financiado campañas del partido gobernante. Sin embargo, uno de los puntos más oscuros de la causa es que la fiscalía nunca logró determinar con precisión adónde fueron los fondos ni quiénes se los apropiaron en última instancia.

El escándalo salpicó directamente a la última administración del Movimiento Popular Neuquino (MPN) y se convirtió en uno de los casos de corrupción más resonantes de la historia reciente de la provincia.

Las condenas del juicio original

El tribunal de juicio condenó a todos los imputados por administración fraudulenta agravada en perjuicio del Estado, pero descartó la figura de asociación ilícita que había pedido la acusación. Esa decisión impactó directamente en la magnitud de las penas.

La pena más alta —5 años de prisión efectiva— recayó sobre el exministro Abel Di Luca, el ex coordinador provincial de Administración Tomás Siegenthaler y el exdirector de Planes Sociales Ricardo Soiza. Por debajo se ubicaron Néstor Sánz (4 años y 6 meses) y Marcos Osuna (4 años), ambos con prisión domiciliaria al igual que Soiza. Luis Gallo, Julieta Oviedo y el abogado Alfredo Cury recibieron 3 años y 6 meses de efectivo cumplimiento. Otros cuatro condenados —Laura Reznik, Valeria Honorio, Isabel Montoya y Emanuel Victoria Contreras— obtuvieron 3 años de ejecución condicional. El gobernador Rolando Figueroa ya exoneró administrativamente a Soiza, Sánz, Osuna, Cury y Reznik.

La fiscalía insiste con la asociación ilícita

El viernes 3 de julio está reservado para la exposición del Ministerio Público y la Fiscalía de Estado, que representa los intereses de la provincia como querellante. Su argumento central es que la maniobra "fue ejecutada por una organización criminal estable, con permanencia en el tiempo y división de funciones", lo que encuadraría en la figura de asociación ilícita que el juicio original descartó.

El propio gobernador Figueroa ha sostenido públicamente, desde que se dictó el veredicto, que esa calificación debe modificarse.

El Tribunal de Impugnación tiene ante sí un abanico de opciones: confirmar la sentencia tal como está, ordenar una modificación de las penas si considera que no se valoraron correctamente agravantes o atenuantes, o bien aceptar los argumentos de la acusación y reenviar el expediente para que otros jueces intervengan con la nueva calificación.