viernes 16 de octubre de 2026

FEMICIDIO

Confirmaron la prisión perpetua para el autor del femicidio de Mabel López Fernández en la Ruta 13

El Tribunal de Impugnación rechazó el planteo de la defensa y ratificó la pena máxima para Alcides Ramón Reyes por el hecho ocurrido en 2025 cerca de Kilka. Además, las magistradas y el juez declararon la inconstitucionalidad de los artículos que impiden de forma absoluta el acceso a la libertad condicional en etapas avanzadas de la condena.

El Tribunal de Impugnación de Neuquén confirmó la pena de prisión perpetua impuesta a Alcides Ramón Reyes por el femicidio de su pareja, Mabel Rosana López Fernández, cometido el 9 de noviembre de 2025 sobre la Ruta Provincial 13, en cercanías del paraje Kilka. La resolución, dictada por los jueces Andrés Repetto, Liliana Deiub y Patricia Lupica Cristo, rechazó el recurso de la defensa y respaldó el pedido de la fiscal del caso, Laura Pizzipaulo, ratificando lo resuelto oportunamente por el jurado popular.

El crimen ocurrió durante un viaje desde Villa Pehuenia con destino a Cutral Co. De acuerdo con la acusación probada en el juicio, tras un episodio de violencia y una discusión iniciada la noche previa, Reyes dirigió intencionalmente la camioneta en la que se desplazaban hacia un barranco de más de 100 metros de profundidad. Como consecuencia del impacto, la víctima sufrió graves heridas y falleció cuando era trasladada hacia el hospital de Zapala.

Cuestionamientos rechazados y régimen de ejecución

La defensa de Reyes había acudido a la instancia de impugnación al cuestionar las instrucciones brindadas al jurado popular y sostener la supuesta falta de pruebas sobre la intencionalidad del hecho. Sin embargo, los magistrados desestimaron los planteos y confirmaron la calificación legal por homicidio agravado por el vínculo y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género (femicidio), en calidad de autor.

Por otra parte, el tribunal hizo lugar a un planteo secundario sobre la ejecución de la pena y declaró la inconstitucionalidad de los artículos 14 (inciso 1) del Código Penal y 56 bis de la Ley 24.660, los cuales establecen prohibiciones absolutas para acceder a la libertad condicional. A pesar de dicha declaración, la justicia mantuvo firme la condena a prisión perpetua y el plazo mínimo de 35 años para solicitar eventualmente dicho beneficio, el cual quedará sujeto al estricto cumplimiento de los requisitos legales correspondientes.